Las televisiones tendrán la obligación de informar durante la emisión de qué programas están producidos y editados en alta definición HD
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican el Real Decreto por el que se regula la asignación de los múltiples de la Televisión Digital Terrestre ( TDT ) tras el cese de las emisiones de televisión analógica y el Real Decreto por el que se regula la TDT en Alta Definición.
La modificación del Real Decreto por el que se regula la TDT en alta definición tiene como objetivo que, en un momento en que están generalizándose este tipo de emisiones, los ciudadanos cuenten con una mayor información y sepan en todo momento cuándo están recibiendo una emisión de televisión en alta definición.
Con esta finalidad, se establece que los operadores sólo podrán señalizar en pantalla que un programa de televisión está siendo emitido en alta definición (con independencia del símbolo o logotipo utilizado, en especial con la siglas HD ) cuando dicho programa haya sido producido y editado en origen con una resolución vertical de la componente de vídeo igual o superior a 720 líneas activas con una relación de aspecto de 16:9, sin perjuicio de que su contenido pueda estar conformado parcialmente con fragmentos de contenidos o programas que no hayan sido producidos con dichas características.
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